Para entender mejor
A diferencia de otros países, en México no hay un mecanismo que sancione el no acudir a votar, no hay multas ni una suspensión real de derechos, como difundió en X Pablo Gómez, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), ante la decisión de algunos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de no participar en las elecciones judiciales del 1 de junio.
“El voto tiene una doble faceta… Es una obligación conforme a lo que dice el texto explícito de la Constitución. Pero al mismo tiempo es un derecho y los derechos se pueden ejercer o no”, explica Juan Jesús Garza Onofre, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
El Artículo 35 constitucional menciona el derecho de la ciudadanía a votar, mientras que el 36 habla de la obligación de hacerlo en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato.
Al respecto expertos consultados por El Sabueso enfatizan que en la doctrina constitucional y en la historia contemporánea mexicana nunca se ha perseguido ni sancionado el no votar porque no hay capacidad para hacerlo y, sobre todo, porque es un llamado cívico a participar.
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El Artículo 38 constitucional menciona que “los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36”; por ejemplo, ir a votar. Sin embargo, especialistas coinciden en que no hay un mecanismo que sancione el no acudir a las urnas.
“En realidad no existe una legislación secundaria la cual establezca el procedimiento para sancionar, o sea que el no votar no acarrearía algún tipo de sanción”, explica José Luis López Chavarría, director del Seminario de Derecho Electoral de la UNAM.
Al respecto, Francisco Javier Burgoa Perea publicó en X que no hay un mecanismo jurídico ni administrativo que aplique efectivamente esa sanción, ni siquiera la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
“Aunque el artículo 36 constitucional lo menciona como una ‘obligación’, no existe en la práctica una sanción real y efectiva por no votar”, refirió Burgoa.
“Es una amenaza más bien de corte político, pero no un artículo que tenga consecuencias prácticas y visibles. Además es paradójico, imagínate que por no votar se te suspenden tus derechos para poder votar, y por un año. Seas ministro de la corte, ciudadano, cualquier persona mayor de 18 años, nadie te puede quitar tu derecho al voto por no votar”, agrega Garza Onofre.
Algunos países donde votar se considera una obligación imponen sanciones a quienes no votan. El Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA, por sus siglas en inglés) documentó al menos 40.
De acuerdo con IDEA, los primeros países que introdujeron leyes de voto obligatorio fueron Bélgica en 1892, Argentina en 1914 y Australia en 1924. El instituto menciona que Venezuela y Países Bajos en algún momento de su historia practicaron el voto obligatorio, pero posteriormente lo abolieron.
En casos como en Australia, una explicación aceptable para ausentarse el día de las elecciones evita sanciones. En otros, quien no vote debe pagar una multa.
Existen países que proponen posible encarcelamiento cuando no se paguen las multas después de que se les recuerde o después de negarse varias veces. Sin embargo, el IDEA no tiene ningún caso documentado, e IDEA aclara que la cárcel es por no pagar, no por no votar.
Como ejemplo, Chequeado documentó que en Argentina las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa de entre $50 y $500 (82 centavos y ocho pesos mexicanos, respectivamente), dependiendo de la cantidad de infracciones previas.
Si la multa no se cubre, el Código Electoral Nacional establece en su artículo 125 que la persona infractora no podrá desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años. Tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales, como tramitar el pasaporte.
“Es importante que se forme una cultura cívica ciudadana. Tenemos experiencia democrática de muchos años y ahora nos encontramos en una situación realmente complicada para que llegado el día de la jornada electoral, de la votación, no se requiera ningún tipo de amenaza, de sanción, de multa”, concluye López Chavarría sobre el proceso en México.
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